DE LA LEY 1420 A LA ACTUALIDAD
Recorrido histórico
La Ley 1420 de 1884 tenía como objetivos formar a los ciudadanos para lograr una integración de
los habitantes de Argentina.
Establecía una escolaridad
obligatoria de siete años, que ya hace mucho que ha dejado de ser suficiente.
La escuela tradicional
tenía como compromiso que los chicos adquirieran “saberes”.
El interés estaba centrado
en el conocimiento académico.
La gestión clásica de
nuestras escuelas tiene un estilo muy personalista y poco profesional, no por
culpa de los directivos o supervisores, sino porque cuando se llega a ese cargo
se trabaja como se puede, sin herramientas profesionales para ejercerlo. Esto
no significa que no sea eficiente, pues si lo es, es a costa de un trabajo
personal por parte de directivos y supervisores.
El aula tradicional es un
modelo organizativo que no responde a las necesidades de hoy. Las aulas tendrían
que organizarse respetando el proceso de aprendizaje que surge y se facilita
por el intercambio entre el sujeto y su entorno.
Se aprende mejor y más en
grupos interactivos.
En la escuela, lo más
importante es cambiar la manera de organizar los tiempos y los espacios;
es decir se debe organizar
la tarea de manera de poder trabajar en equipo.
Pero esto no se puede
llevar adelante sin personal directivo convencido y comprometido con la
transformación, pues tendrán que conducir la gestión de ésta junto con su
equipo docente.
Desde fines de 1993 se
trabajó para tener nuevos contenidos en todos los niveles educativos.
Cada Provincia decidía por
su cuenta qué se iba a enseñar en sus escuelas, y la Nación hacía lo mismo para las que dependían de ella. Resultado: diferencias notables entre
Provincias.
Hoy es necesario una
transformación profunda para mejorar la competitividad con respecto a los otros
paises latinoamericanos que ya han empezado con sus reformas educativa.
En nuestro país, puede
afirmarse que la educación no responde a los tiempos actuales. Las realidades
nacional, regional y mundial han cambiado y, con ellas, también las necesidades
de la educación.
La Transformación
Educativa se
refiere a cambios profundos en los modelos pedagógicos, organizacionales y
administrativos en el sistema educativo.
La escuela de la Ley 24.195 tiene como compromiso que los niños adquieran “competencias, es decir,
conocimientos en acción.
Ahora se tiene conciencia
de que hay ciertas cosas básicas que deben ser iguales para todos, es decir,
que debe haber un marco común.
Se decidió dar
participación a todos los involucrados, se discutió bastante y llevó su tiempo.
Finalmente se aprobó la metodología referida al nivel nacional de concreción
del currículo, o sea, a cómo hay que hacer para tener CBC. Su elaboración
estuvo a cargo del Ministerio de Cultura y Educación ( orden nacional).
Hubo tres circuitos de
trabajo:
- el circuito técnico, que diseñó los “borradores para la discusión”;
- el circuito federal, constituído por las Provincias, que recibió esos
borradores para su discución, aportes, etc.;
- el circuito nacional, conformado por instituciones, actores y organismos
nacionales, que recibió la segunda versión de los borradores ya corregidos en
el circuita federal.
Al terminarse los tres
circuitos se tuvo la “versión preliminar”que se puso a consideración en CFCyE
para su aprobación.
En el proceso de armado de
los CBC el circuito técnico se llamó “divergencia necesaria” e incluyó:
1)
la recopilación de los diseños curriculares, planes y programas de todas las
Provincias, para tener una base de partida;
2)
se solicitaron bloques de contenidos a especialistas para recoger sugerencias
derivadas de avances académicos e investigaciones;
3)
contratación de trabajos a académicos de diferentes disciplinas que señalaron
contenidos que formen parte de los CBC;
4)
consulta a la sociedad para conocer los reclamos de la comunidad;
5)
reunión de trabajo con docentes de todo el país para contrastar los primeros
materiales producidos.
Este trabajo se llevó a
cabo durante todo 1994 y se terminó con la aprobación de los CBC en el Consejo
Federal.
Siguió durante 1995 para
el polimodal y la formación docente.
Cada una de las Provincias
para elaborar sus diseños curriculares tomaron como base común la Constitución Nacional, la Ley Federal de Educación y los CBC.
Los equipos provinciales
armaron sus planes de trabajo produciendo distintos materiales.
Los nuevos contenidos
serán incorporados progresivamente en las escuelas, para eso se necesitará
reorganizar el trabajo institucional para lograr más autonomía.
Cada escuela deberá
“cerrar” el currículo a través de su Proyecto Institucional, es decir, deberá
tomar lo establecido obligatoriamente en los CBC pero también respetar lo que
defina el Diseño Curricular de la Provincia donde esté.
A partir de esto lo que
agregue, o la forma en que interprete lo anterior, será su propio modo de
ordenar el Proyecto Institucional.
Este proyecto
es el resultado de una serie de variables, como los contenidos curriculares, la
realidad económica del lugar, las posibilidades de participación de la
comunidad, el modelo de gestión elegido y, a nivel de aula, las estrategias y
metodologías que se decide aplicar.
Parte del rol profesional
es la selección del material de trabajo. El docente lo hace con cuidado y
exigencia.
Pero en un proyecto como
el que hemos planteado no deberá hacerlo en forma aislada sino que tendrá que
consensuar su elección con los demás docentes, analizando las estrategias más
adecuadas para el trabajo en la institución y recién entonces optar.
Una escuela que tiene
claro su Proyecto Institucional, deberá llegar también en el área de las
estrategias de aula a esos acuerdos.
La necesidad del proceso
de transformación curricular es doble: por un lado, adecuar los factores
pedagógicos ( contenidos, propuestas, metodologías, definiciones de roles,
etc.) en sus dimensiones cuantitativas y cualitativas a las demandas de la
sociedad actual y a los desafíos que presenta el siglo XXI ; y por el otro se
trata de que la adecuación en cada una de la Provincias y en la MCBA se realice con criterios compatibles entre todas ellas.
La necesidad de
compatibilidad reside en cuestiones como asegurar que el libre tránsito de los
ciudadanos por el territorio nacional cuente con la seguridad de que en todas
las escuelasd del país se ofrezca una educación con características comunes y
de igual calidad.
La Transformación
Curricular considera tres niveles de concreción:
Nivel Nacional
Este nivel se elabora
recogiendo necesidades, experiencias y aportes de las diferentes
Jurisdicciones, e integrando demandas y perspectivas de los distintos sectores
de la sociedad.
Es el nivel que
corresponde a los Contenidos Básicos Comunes.
Uno de los ejes de los
mismos será la identificación de contenidos socialmente significativos. Sus
implicancias pedagógico-didácticas son:
En primer lugar la revalorización de la escuela como institución, que tiene la
función específica de distribuir en forma equitativa los saberes relevantes
para desenvolverse socialmente.
Es decir, que las
variables que intervienen en el acto pedagógico: docente, alumno, institución,
etc., deben ser puestas en función del elemento “conocimiento’ considerado como
central.
Nivel Jurisdiccional
Es el nivel que
corresponde a los Diseños Curriculares Provinciales.
Respecto a los
tradicionales lineamientos curriculares, las diferencias no se notan tanto en
el documento en sí, sino en el proceso previo que llevó a los nuevos
documentos.
Las grandes diferencias
aparecen entonces en la lógica de su elaboración y en la concepción de lo que
se entiende por desarrollo permanente del currículo. La primera es que por
primera vez se trata de un proceso global y simultáneo en todo el país.
Otra diferencia: la
concepción de los contenidos en si mismos y su diferenciación en actitudinales,
procedimentales y conceptuales, y el hecho de que la meta final es formular
contenidos destinados a generar competencias.
Los lineamientos
curriculares implican contextualizar las orientaciones y criterios para
garantizar que en todo Diseño Curricular Jurisdiccional estén presentes los
CBC, y que los criterios acordados sean tomados en cuenta.
Los contenidos regionales
serán recuperados e integrados con los CBC y los diseños que se elaboren
conllevarán la flexibilidad que el currículo de cada establecimiento requiera
para responder tanto a su pertinencia nacional y regional como a su identidad
institucional.
Las Provincias y la MCBA compartirán una concepción de Diseño Curricular.
El Diseño Curricular es la explicitación
fundamentada de un proyecto educativo en los aspectos más vinculados a los
contenidos y procesos de enseñanza y aprendizaje.
Su función es establecer
las normas básicas para la especificación, evaluación y
mejoramiento de los
contenidos y procesos de enseñanza y aprendizaje, y servir como código común para
la comunicación entre los distintos protagonistas del quehacer educativo.
Nivel Institucional
Este tercer nivel de
concreción implica la formulación de un Proyecto Educativa Institucional
( PEI ) que garantice y enriquezca
lo establecido en el primero y en el segundo nivel, que impulse su evaluación y
revisión permanente.
Transformación
Institucional
La tradición
educativa era fuertemente centralista, se caracterizaba por una estructura de
supervisión y control en la cual las directivas emanaban del Ministerio
Nacional y debían ser cumplidas por cada una de las Instituciones, con bajo
nivel de participación en la toma de decisiones.
La ampliación del período de
obligatoriedad que establece la Ley 24.195 puede juzgarse desde un punto de
vista cuantitativo, pues es el resultado de que hoy en día se necesita que el
conjunto de la población reciba más educación que lo que era requerido a fines
del siglo pasado.
La LFE, fija una nueva
estructura académica de la educación argentina:
“La estructura del Sistema
Educativo, que será implementada en forma gradual y progresiva, estará
integrada por:
1. Educación inicial, constituída por el Jardín de Infantes para niños/as
de 3 a 5 años de edad, siendo obligatorio el último año. Las Provincias y la MCBA establecerán, cuando sea necesario, servicios de Jardín Maternal para niños/as de 3 años
y prestarán apoyo a las Instituciones de la Comunidad para que estas les brinden ayuda a las familias que lo requieran.
2. Educación General Básica, obligatoria, de 9 años de duración a partir de
los 6 años de edad, entendida como unidad pedagógica integral y organizada en
ciclos, según lo establecido en el art. 15.
3. Educación Polimodal, después del cumplimiento de la Educación General Básica, impartida por instituciones específicas de 3 años de duración como
mínimo.
4. Educación Superior, Profesional y Académica de Grado, luego de cumplida la Educación Polimodal, su duración será determinada por las Instituciones Universitarias y no
Universitarias, según corresponda. ( Título III, Cap. I, Art. 10).
Entre 1985 y 1988, la
realización del Congreso Pedagógico Argentino, sentó las bases para transformar
la educación argentina.
A las consideraciones del
Congreso Pedagógico se sumaron otros hechos como ser:
· la constitución
del Consejo Federal de Cultura y Educación,
· la
redifinición de las funciones de Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y
· el
proceso de desentralización y transferencia de los servicios educativos a las
distintas jurisdicciones provinciales y a la M.C.B.A..
La Ley Federal de Educación número 24.195 se firma en 1993.
Es la primera vez que en
el país se cuenta con un instrumento normativo que abarca todos los niveles y
modalidades del sistema educativo, con aplicación en todo el territorio y que
introduce profundas modificaciones.